Providencia administrativa que regula las condiciones y requisitos para los proveedores de sistemas informáticos

BENSON, PEREZ MATOS, ANTAKLY & WATTS

FUNDADO EN 1953
ABOGADOS – CONSULTORES
www.bpmaw.net

Caracas, 6 de Enero de 2025

REPORTE TRIBUTARIO

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE REGULA LAS CONDICIONES Y
REQUISITOS PARA LOS PROVEEDORES DE SISTEMAS INFORMÁTICOS
UTILIZADOS PARA LA EMISIÓN DE FACTURAS
Y OTROS DOCUMENTOS FISCALES.

En la Gaceta Oficial No 43.032 de fecha 19 de diciembre de 2024, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria – SENIAT, publica la Providencia Administrativa No SNAT/2024/0121 que regula las condiciones y requisitos para los proveedores de sistemas informáticos utilizados para la emisión de facturas y otros documentos fiscales.
Es importante destacar los siguientes puntos:

  1. Esta Providencia establece una serie de condiciones que deben cumplir los proveedores de sistemas informáticos que sirvan para la emisión de facturas y otros documentos, para que sean homologados y autorizados por el SENIAT. Se establece que cualquier persona que sean proveedores de estos sistemas deberán estar autorizados por este organismo.
  2. Se indican las condiciones que deben cumplir los sistemas informáticos para ser autorizados por el SENIAT así como los requisitos para solicitar la autorización. Cualquier sistema informático que sea utilizado para la emisión de facturas debe estar autorizado por el SENIAT.
  3. Los sujetos pasivos tienen 90 días contados a partir de la fecha de publicación de esta Providencia, para adaptar o adquirir los sistemas informáticos homologados y autorizados por el SENIAT. Sólo se podrán utilizar estos sistemas para la emisión de facturas, según lo indica la Providencia Administrativa, por lo que se publicará en el portal web los proveedores de sistemas informáticos autorizados.
  4. La Providencia entra en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial

Quedamos a su entera disposición para cualquier consulta al respecto.

Atentamente,
BENSON, PÉREZ MATOS, ANTAKLY & WATTS

Ysabel Figueira

Derechos Reservados. Este trabajo es una contribución de BENSON, PEREZ MATOS, ANTAKLY & WATTS, a sus clientes, sobre temas legales de su interés, con fines de orientación sobre la materia. No debe interpretarse como opinión jurídica específica. Su contenido no puede distribuirse sin permiso expreso del Escritorio.