Reporte Tributario de la Providencia No. SNAT/2019/00046 respecto al Aumento de la Unidad Tributaria

BENSON, PEREZ MATOS, ANTAKLY & WATTS

FUNDADO EN 1953
ABOGADOS – CONSULTORES
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Caracas, 18 de marzo de 2019

REPORTE TRIBUTARIO

AUMENTO DE LA UNIDAD TRIBUTARIA

En la Gaceta Oficial Nº 41.597 de fecha 7 de marzo de 2019, se publica la Providencia Nº SNAT/2019/00046 mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria de Diecisiete Bolívares (Bs. 17,00) a Cincuenta Bolívares (Bs. 50,00).

Es importante recordar que el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Código Orgánico Tributario, publicado en Gaceta Oficial Nº 6.152 Extraordinario de fecha 18 de noviembre de 2014, establece el procedimiento a seguir para el reajuste de la Unidad Tributaria, señalando que este reajuste deberá realizarse dentro de los quince (15) primeros días del mes de febrero de cada año, previa opinión favorable de la Comisión Permanente de Finanzas de la Asamblea Nacional.

Por otra parte, esta Providencia Administrativa señala que este valor de la Unidad Tributaria sólo podrá ser utilizado como Unidad de Medida para la determinación de los Tributos Nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del SENIAT, así como de las sanciones impuestas por este Servicio, no pudiendo ser utilizada por otros órganos y entes del Poder Público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan.

La entrada en vigencia de la Providencia Administrativa es a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.

Quedamos a su entera disposición para cualquier consulta al respecto.

Atentamente,
BENSON, PÉREZ MATOS, ANTAKLY & WATTS

Ysabel N. Figueira G.

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