Decreto de exoneración del Impuesto Sobre la Renta de personas naturales residente

REPORTE TRIBUTARIO

Caracas, 10 de Marzo de 2016

DECRETO DE EXONERACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE PERSONAS NATURALES RESIDENTES

En la Gaceta Oficial Nº 40.864, de fecha 8 de marzo de 2016, sale publicado el Decreto Nº 2.266 mediante el cual se exonera del pago del impuesto sobre la renta el enriquecimiento neto anual de fuente territorial obtenido por personas naturales residentes en el país hasta por un monto equivalente a 3.000 UT.

Aspectos resaltantes del Decreto de Exoneración:

1. Está dirigido a las personas naturales residentes en el país, por los ingresos que obtengan bajo relación de dependencia y/o por otra fuente.

2. Se pagará impuesto sobre la porción que supere la cantidad equivalente a 3.000 UT.

3. No aplicará a las personas que declaren después del 31 de marzo.

4. Entra en vigencia a partir de su publicación.

5. La exoneración abarca los ejercicios fiscales 2015 y 2016.

6. El monto de la exoneración es de Bs. 450.000,00 para el año 2015 y Bs. 531.000,00 para el año 2016, tomando en cuenta el valor de la Unidad Tributaria aplicable para cada ejercicio.

7. No se hace mención respecto a reintegros por parte de la Administración Tributaria de los impuestos pagados de más por declaraciones ya presentadas.

En caso de cualquier modificación de este Decreto, le haremos llegar nuestras observaciones.

Atentamente,
BENSON, PÉREZ MATOS, ANTAKLY & WATTS

Ysabel N. Figueira G.